Ministerio de Trabajo dice que todo empleado que tenga menos de un año de laborando debe recibir aguinaldo proporcional según Código de Trabajo

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, busca que todos los trabajadores obtengan el pago del aguinaldo de acuerdo con el artículo 200 del Código de Trabajo, que reza que este debe ser pagado entre el 12 y el 20 de diciembre de cada año.

Este es un pago adicional al salario que reciben los trabajadores a final de año y la cantidad de dinero que se le entregará al trabajador depende del tiempo laborado en la empresa.

Según la ley, en artículo 198 del Código de Trabajo, las personas que tengan un año de laborar en una empresa, pero menos de tres les corresponde el salario de 15 días de salario en concepto de aguinaldo; los que tienen tres años y menos de 10 años de laborar para la empresa deben recibir 19 días de salario; y los que tienen 10 años o más tienen el derecho a recibir una prima de 21 días de salario. A las personas que no tengan el año de trabajo al momento de entregar el aguinaldo, lo recibirán de manera proporcional.

Por lo que el Ministro de Trabajo Rolando Castro, instas a los empleadores a cumplir con dicha normativa y así evitar inconvenientes o tramites sancionatorios.

Según el titular de Trabajo la multa por incumplir con el pago del aguinaldo es de $57.14 por cada trabajador afectado.

Esta cartera de Estado ha habilitado el número 130 para recibir denuncias telefónicas por incumplimientos con la disposición.

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